El certificado de últimas voluntades es el documento de partida de toda herencia. Si necesitas tramitarlo en A Coruña, nosotros lo pedimos y te lo enviamos digitalizado.
Para una herencia con inmuebles en A Coruña o fincas en varias parroquias, saber primero si existe testamento ordena el resto del procedimiento.
Qué hacemos con el certificado de últimas voluntades en A Coruña
Solicitamos al Registro General de Actos de Última Voluntad el certificado del fallecido, preparamos el modelo 790 de la tasa y te enviamos el resultado, que indica si hay testamento y en qué notaría se otorgó.
- Solicitud del certificado de actos de última voluntad al Ministerio de Justicia.
- Gestión del pago de la tasa con el modelo 790.
- Interpretación del resultado: si hay testamento, de qué fecha y ante qué notario.
- Orientación sobre los pasos siguientes: copia del testamento, declaración de herederos o partición.
- Seguimiento del trámite hasta la recepción del certificado.
Requisitos y documentación
Para pedir el certificado necesitamos los siguientes documentos. Si te falta alguno, dínoslo y buscamos otra forma de acreditarlo:
- Certificado de defunción del fallecido.
- DNI o NIE de la persona que solicita, y documento que acredite su relación con el fallecido, como el libro de familia.
- DNI o NIE del fallecido, si lo tienes.
- El modelo 790 de la tasa, que preparamos nosotros.
- Una autorización firmada para actuar en tu nombre, que te facilitamos.
Si el fallecido era extranjero o residía fuera de España, el certificado puede ser igualmente necesario cuando tenía bienes aquí. Nos indicas el caso y vemos qué documentos adicionales hacen falta.
Plazos y datos clave
El certificado no puede pedirse inmediatamente: deben haber pasado quince días hábiles desde el fallecimiento. Por eso conviene tener ya el certificado de defunción y preparar la solicitud para presentarla en cuanto se cumpla ese plazo.
El certificado indica si el fallecido otorgó testamento y, en caso afirmativo, la fecha y la notaría; no reproduce el contenido. Para conocerlo hay que pedir una copia a esa notaría, algo que también podemos gestionar.
Si no consta ningún testamento, la herencia se rige por las reglas de la sucesión intestada y habrá que tramitar una declaración de herederos. Te orientamos sobre cómo continuar. Si además hay bienes en el extranjero o herederos menores de edad, el procedimiento tiene particularidades que revisamos contigo desde el principio.
Una vez tengas el certificado y, en su caso, la copia del testamento, el siguiente paso suele ser la aceptación y partición de la herencia, con sus impuestos. Puedes consultarnos cómo plantearla.
Si hay varios herederos, basta con que uno de ellos lo solicite; el resultado podrá compartirse con el resto para que todos partan de la misma información.
Cómo trabajamos
El contacto es por WhatsApp o por email, a la hora que te venga bien. Reúnes el certificado de defunción y tu DNI, nos lo envías y llevamos nosotros la gestión de principio a fin. Si surge algún requerimiento, te lo explicamos por escrito y lo resolvemos.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el modelo 790?
Es el modelo de la tasa que se abona por la expedición del certificado. Lo preparamos nosotros y te lo enviamos para el pago o lo gestionamos por ti.
¿El certificado dice lo que pone el testamento?
No. Solo indica si existe testamento, su fecha y la notaría. Para conocer el contenido hay que pedir una copia a esa notaría.
¿Y si el fallecido otorgó varios testamentos?
El certificado los refleja todos, y el que prevalece es normalmente el último otorgado. Un abogado debe revisarlos para saber su efecto.
¿Puedo pedirlo desde fuera de A Coruña o desde otro país?
Sí. Como todo se hace por WhatsApp o email, puedes solicitarlo desde cualquier lugar enviándonos la documentación escaneada.
Escríbenos por WhatsApp al 694 216 299 y cuéntanos tu caso en A Coruña.
